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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 361770
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXIX; Pág. 2148
TESTAMENTO PRIVADO, VALIDEZ DEL (LEGISLACION DE COAHUILA).
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXIX; Pág. 2148
Como el procedimiento que se sigue para elevar a escritura pública un testamento privado, no prejuzga en lo absoluto sobre la validez y la eficacia del mismo testamento, es claro que los interesados pueden, en su oportunidad, objetarlo, entre otras causas, por las que señala el artículo 3540 del Código Civil del Estado de Coahuila, el que establece que el testamento privado sólo surtirá sus efectos, si el testador fallece de la enfermedad o peligro en que se hallaba, o dentro de un mes después de que aquélla o éste hayan cesado.
Precedentes
Amparo civil en revisión 5456/32. Rodríguez de Vara Refugio. 15 de noviembre de 1933. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.