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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 361820
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXIX; Pág. 2817
PROCEDIMIENTO, VIOLACIONES DEL.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXIX; Pág. 2817
Si se alegan violaciones del procedimiento y no aparece que se haya cumplido con los requisitos que exige la fracción II del artículo 107 constitucional, los agravios que sobre ese punto se hagan valer no pueden tenerse en consideración.
Precedentes
Amparo civil directo 2955/28. Royval viuda de Alcocer María, sucesión de. 9 de diciembre de 1933. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.