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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 361895
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXVIII; Pág. 605
AMPARO CIVIL.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXVIII; Pág. 605
Atento lo prevenido por el artículo 767 del Código Federal de Procedimientos Civiles, el juicio de amparo contra actos judiciales del orden civil, por inexacta aplicación de la ley, es de estricto derecho; y, en consecuencia, la resolución que en aquél se dicte, deberá sujetarse a los términos de la demanda.
Precedentes
Amparo civil directo 10679/32. Compañía Singer de Máquinas de Coser. 22 de mayo de 1933. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.