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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 361911
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXVIII; Pág. 739
COSTAS, CONDENACION EN.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXVIII; Pág. 739
De acuerdo con la fracción IV del artículo 1084 del Código de Comercio, en los juicios ejecutivos mercantiles, debe ser condenado al pago de las costas respectivas, el que, a su vez, lo hubiere sido por dos sentencias conformes de toda conformidad, en su parte resolutiva.
Precedentes
Amparo civil en revisión 3920/31. Mora Fructuoso. 24 de mayo de 1933. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.