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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 361919
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXVIII; Pág. 842
TESTAMENTOS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXVIII; Pág. 842
No hay que confundir la confección del testamento y la regularidad de su forma, con la realización de sus efectos, pues dicha confección se debe apreciar, únicamente, según la ley en vigor cuando se hizo; por consecuencia, si una nueva ley cambia la manera de testar, y esta ley apareció en el intervalo de tiempo comprendido entre la confección del testamento y la muerte del testador, el testamento hecho en la forma antigua, es válido.
Precedentes
Amparo civil directo 3466/31. Castillo viuda de González María de la Luz. 27 de mayo de 1933. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.