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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 361926
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXXVIII; Pág. 910
COMPETENCIA EN MATERIA FEDERAL.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXXVIII; Pág. 910
Para que la Suprema Corte pueda avocarse al conocimiento de un asunto de competencia en materia federal, es necesario que el Tribunal de Circuito respectivo, haya dictado su resolución en la controversia, y si no es así, deben devolverse los autos del Juez de Distrito correspondiente, para que la competencia se sustancie en los términos de la ley.
Precedentes
Competencia 125/32. Suscitada entre el Juez de Distrito en el Estado de Oaxaca y el Juzgado de Primera Instancia de Etla, Oaxaca. 29 de mayo de 1933. Unanimidad de catorce votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.