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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
361937
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXVIII; Pág. 1092

REGISTRO PUBLICO.

[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXVIII; Pág. 1092

Precedentes

Recurso de súplica 89/32. Compañía Mexicana Molinera de Nixtamal, S. A. 6 de junio de 1933. Unanimidad de cinco votos en cuanto a sus puntos resolutivos y por mayoría de los votos en lo relativo a las consideraciones del fallo. Disidentes: Francisco Díaz Lombardo y Ricardo Couto. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Registro digital (IUS): 361937