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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 361970
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXVIII; Pág. 1320
PERSONALIDAD EN JUICIO CIVIL.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXVIII; Pág. 1320
Si se impugna la personalidad de una de las partes en el juicio, por falta de inserciones en el poder presentado, y en el curso del procedimiento se demuestra que sí existen las constancias omitidas, al dictarse sentencia, la personalidad objetada es perfecta y no puede desconocerse sólo por las alegaciones hechas cuando aquellas deficiencias no aparecían subsanadas.
Precedentes
Amparo civil directo 132/31. Díaz Infante Agripina, sucesión de. 3 de julio de 1933. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Joaquín Ortega. La publicación no menciona el nombre del ponente.