Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/361981
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 361981
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXVIII; Pág. 1470
REPOSICION DE ACTUACIONES.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXVIII; Pág. 1470
No puede alegarse contra la procedencia del incidente de reposición de actuaciones, la posibilidad de que se dicte un nuevo fallo que prive al vencedor, de los derechos adquiridos; porque suponiendo que así fuera, las violaciones constitucionales que el incidente de reposición implicara, serían el resultado inmediato de la ejecución del fallo y de los términos de ella, pero no del hecho de reponerse los autos.
Precedentes
Amparo civil en revisión 12615/32. Vidal Salomé, sucesión de. 8 de julio de 1933. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.