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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
361986
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXVIII; Pág. 1507

NULIDAD DE ACTUACIONES, INCIDENTE DE.

[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXVIII; Pág. 1507

Precedentes

Amparo civil en revisión 11406/32. García Juan M. 10 de julio de 1933. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Joaquín Ortega no intervino en la resolución de este negocio, por las razones que expresa el acta relativa. La publicación no menciona el nombre del ponente. Véanse: Semanario Judicial de la Federación, Quinta Epoca, Tomo XXV, página 1446, tesis de rubro "NULIDAD DE LO ACTUADO.". Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1985, Cuarta Parte, Tercera Sala, página 588, tesis 195, de rubro "NULIDAD DE ACTUACIONES PRACTICADAS CONCLUIDO EL JUICIO.".
Registro digital (IUS): 361986