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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 361992
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXVIII; Pág. 1556
EMBARGOS, PREFERENCIA DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXVIII; Pág. 1556
La preferencia de los embargos practicados sobre determinados bienes, no esta únicamente delimitada por las fechas en que cada uno de aquellos se hubiere inscrito, sino por la naturaleza jurídica del crédito de cada uno de los embargantes, por lo que el crédito en contra de una sucesión, es indudablemente preferente al que existe en contra de los herederos de la misma, en lo personal.
Precedentes
Amparo civil directo 469/31. Martínez de Arredondo Manuel. 12 de julio de 1933. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Joaquín Ortega. La publicación no menciona el nombre del ponente.