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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 362026
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXVIII; Pág. 1854
SUCESIONES, CREDITOS A CARGO DE LAS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXVIII; Pág. 1854
La relación de un crédito en el inventario de una sucesión, importa su reconocimiento, y si éste es negado por el albacea, como se trata de jurisdicción voluntaria, el mismo no puede ser obligado a reconocer la existencia de dicho crédito, sino mediante el ejercicio de la acción correspondiente en el juicio respectivo.
Precedentes
Amparo civil en revisión 596/22. Solís Constancia, sucesión de. 22 de julio de 1933. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Ricardo Couto no intervino en la discusión y votación del negocio, por las razones que se expresan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.