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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 362106
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXVIII; Pág. 2425
SOCIEDADES, PRUEBA TESTIMONIAL RESPECTO DEL OBJETO DE LAS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXVIII; Pág. 2425
El objeto de una sociedad y la facultad de la misma para operar compensación con el valor de sus acciones y por las deudas de sus asociados, no son actos que se pueden probar por medio de prueba testimonial, ni ésta puede invalidar la prueba documental preconstituida.
Precedentes
Recurso de súplica 211/32. Lazcano Primitivo. 8 de agosto de 1933. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.