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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 362118
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXVIII; Pág. 2571
RESOLUCIONES, FUNDAMENTO DE LAS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXVIII; Pág. 2571
Si en la resolución que se dicta en un juicio civil, no se señalan expresamente los preceptos legales en que se apoya, debe considerarse fundada, si aquéllas aparecen fijadas en la solicitud correspondiente.
Precedentes
Amparo civil en revisión 418/33. Villanueva Rivero Alonso. 12 de agosto de 1933. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.