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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 362132
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXVIII; Pág. 2732
APELACION, RENUNCIA DEL RECURSO DE.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXVIII; Pág. 2732
Si el demandado en un juicio hipotecario ha renunciado a la segunda instancia, el amparo que pida contra la sentencia de primera instancia, debe ser un amparo directo, toda vez que la sentencia dictada, aun siendo de primera instancia, tiene el carácter de definitiva, en virtud de la renuncia del recurso de alzada.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del auto que desechó la demanda 3051/33. Buch de Parada Francisco. 19 de agosto de 1933. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.