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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 362139
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXXVIII; Pág. 2790
CONVENIO JUDICIAL, COMPETENCIA EN CASO DE.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXXVIII; Pág. 2790
Es competente el Juez del lugar que el deudor haya designado, para ser reconvenido judicialmente de pago, surtiendo efecto el fuero no sólo para la ejecución o cumplimiento del contrato, sino también para su rescisión o nulidad.
Precedentes
Competencia 361/30. Suscitada entre los Jueces de Letras del Ramo Civil de Durango y el de Primera Instancia del Distrito de Parras, residente en San Pedro, Estado de Coahuila. 21 de agosto de 1933. Mayoría de doce votos. Disidente: José López Lira. La publicación no menciona el nombre del ponente.