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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 362164
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXVII; Pág. 134
POSESION.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXVII; Pág. 134
A nadie puede privársele de ella, sin haberlo oído previamente en juicio, como lo dispone el artículo 14 constitucional, y sin que se haya dictado orden fundada y motivada, capaz de justificar el procedimiento.
Precedentes
Amparo civil en revisión 1954/42. Lucio José de. 14 de enero de 1933. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.