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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 362195
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXVII; Pág. 387
DEPARTAMENTO DE BIENES NACIONALES.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXVII; Pág. 387
No puede establecerse, a priori, que una orden del Departamento de Bienes Nacionales, dependiente de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, dirigida a un particular, para que desocupe determinada casa, emane de autoridad o de la persona civil del Estado, como sujeto de derechos patrimoniales, ya que la controversia que con tal motivo se platee, deberá versar necesariamente sobre la constitucionalidad o inconstitucionalidad de dicha orden, y si ha estado o no, en la órbita de las facultades constitucionales de la Secretaría de Hacienda, ordenar dicha desocupación, o si en el caso, ha obrado como particular, por lo que debe darse entrada al amparo que contra la orden se enderece, sin prejuzgar sobre otras causas de improcedencia.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del auto que desechó la demanda 12890/32. Velázquez David. 27 de enero de 1933. Unanimidad de cinco votos. Relator: José López Lira.