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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 362213
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXVII; Pág. 597
DEMANDA DE AMPARO, ADMISION DE LA.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXVII; Pág. 597
Cuando el interesado reclama todos los procedimientos de un juicio seguido en su contra, en el que no ha sido oído, la demanda de amparo es procedente, porque el quejoso queda privado de defensa y hay que darle la oportunidad para demostrar en el amparo, si en efecto, se han cometido en su contra las violaciones que reclama.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del auto que desechó la demanda 13106/32. Anaya Alfredo. 4 de febrero de 1933. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.