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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 362217
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXXVII; Pág. 614
ACUMULACION.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXXVII; Pág. 614
Cuando las leyes de los Estados cuyos Jueces compiten, tenga la misma disposición respecto del punto jurisdiccional controvertido, conforme a ella se decidirá la competencia, y el incidente de acumulación tiene que sujetarse al procedimiento determinado para la decisión de las competencias.
Precedentes
Competencia en materia civil 164/32. Suscitada entre los ciudadanos Jueces de Primera Instancia de Encarnación de Díaz, Jalisco, y de lo Civil y de Hacienda de Aguascalientes. 6 de febrero de 1933. Mayoría de trece votos. Disidentes: Salvador Urbina y Francisco Barba. La publicación no menciona el nombre del ponente.