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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 362256
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXVII; Pág. 913
INCIDENTES.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXVII; Pág. 913
El artículo 764 del Código de Procedimientos Civiles, se refiere a recursos y, por lo mismo, no puede tener aplicación esa disposición, cuando se trata de un incidente de nulidad por notificaciones mal hechas.
Precedentes
Amparo civil en revisión 2437/29. Vargas Juan. 18 de febrero de 1933. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Alfonso Pérez Gasga no intervino en la resolución de este asunto, por las razones que constan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.