Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/362287
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 362287
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXVII; Pág. 1322
APELACION EN MATERIA CIVIL, PERSONALIDAD PARA LA.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXVII; Pág. 1322
Cuando una persona litiga por sí y como heredero y albacea de otra persona, debe considerarse si apela con ambas personalidades y mejora el recurso ostentado solamente una de ellas, que el recurso de apelación fue mejorado con las dos personalidades.
Precedentes
Amparo civil en revisión 4773/27. Orozco Juan Antonio. 6 de marzo de 1933. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.