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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 362333
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXVII; Pág. 1706
EMBARGO DE CREDITOS EN SAN LUIS POTOSI.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXVII; Pág. 1706
Si se admitiera que los Jueces a pesar de estar enterados de los embargos recaídos sobre créditos litigiosos, pudieran conceder lo que se les pidiera en contra de la efectividad de tales embargos, éstos resultarían nugatorios y darían ocasión a todo género de maniobras, generalmente fraudulentas.
Precedentes
Amparo civil en revisión 3245/30. Garfias Alfredo. 23 de marzo de 1933. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.