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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 362417
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXVI; Pág. 147
HERENCIA, ACCION DE PETICION DE.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXVI; Pág. 147
En la acción de petición de herencia, el demandante es el heredero y el demandado quien posee los bienes hereditarios a título de herencia, o sin título, lo que la distingue de la acción reivindicatoria ordinaria, pues aquélla no se da contra cualquier poseedor de bienes hereditarios, sino solamente contra quien los posee a título de heredero, o sin título, y el poseedor, a título particular, de un bien hereditario, no está sometido a la acción de petición de herencia, sino a la reivindicatoria especial, y para que ésta proceda, es indispensable que el demandante justifique su calidad de propietario. La petición de herencia no puede ser ejercitada contra cualquier detentador, sino contra aquellos cuyo título de posesión constituya una denegación de derecho hereditario del reclamante, y supone, por tanto, que el detentador disputa al demandado la propiedad de la herencia y la calidad de heredero, y si el poseedor reconoce la calidad de heredero del demandante, pero sosteniendo que los bienes cuya restitución pide el heredero, no pertenecen a éste, el debate no versará sobre una petición de herencia, ya que no siendo la disputa sobre la propiedad de la sucesión, sino sobre la propiedad de cosas particulares, no tendría lugar la acción de petición de herencia, sino la acción reivindicatoria.
Precedentes
Amparo civil directo 933/27. Royval viuda de Dávila Guadalupe. 7 de septiembre de 1932. Unanimidad de cinco votos. Ausente: Manuel Padilla. La publicación no menciona a el nombre del ponente.