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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 362452
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXVI; Pág. 437
SENTENCIAS, EJECUCION DE LAS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXVI; Pág. 437
Las sentencias pronunciadas por los tribunales de un Estado, sobre derechos reales o bienes inmuebles ubicados en otro Estado, sólo podrán tener fuerza ejecutiva en éste, cuando así lo dispongan sus propias leyes.
Precedentes
Amparo civil directo 2901/29. Moran Teodoro, sucesión de. 20 de septiembre de 1932. Mayoría de tres votos. Disidente: Ricardo Couto. El Ministro Joaquín Ortega no intervino en la votación y discusión del asunto, por las razones que se expresan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.