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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 362461
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXVI; Pág. 613
ACCION REIVINDICATORIA, DEMANDA EN CASO DE.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXVI; Pág. 613
La Suprema Corte ha establecido que para ejercitar la acción reivindicatoria, no es necesario presentar la titulación correspondiente, desde su origen, y que para fundar la demanda, basta con la exhibición de los títulos inmediatos de adquisición.
Precedentes
Amparo civil directo 2102/31. Pereyra Petra. 28 de septiembre de 1932. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Joaquín Ortega no intervino en la discusión y votación de este asunto, por las razones que constan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.