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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 362500
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXVI; Pág. 844
SOCIEDADES EN NOMBRE COLECTIVO, RESPONSABILIDAD SOLIDARIA DE LOS SOCIOS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXVI; Pág. 844
No es bastante para fundar la excusión opuesta por el socio demandado, el que éste señale bienes de la sociedad; pues para que dicho beneficio pueda aprovecharle, es necesario que se designen bienes del deudor, que basten a cubrir el crédito, que estén libres y desembargados, que se hallen en el distrito judicial en que debe hacerse el pago, y que se anticipen o aseguren, competentemente, los gastos de excusión; y no pueden reunirse tales requisitos, en los bienes que fueron señalados con anterioridad por la compañía primeramente demandada, para que se embargaran, y que no fueron secuestrados, porque su designación no se ajustó a lo prevenido en la fracción II del artículo 1395 del Código de Comercio.
Precedentes
Recurso de súplica 128/31. Solana Moisés. 6 de octubre de 1932. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.