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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 362503
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXVI; Pág. 878
OBLIGACION PRINCIPAL.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXVI; Pág. 878
Cuando se trata del juicio de arrendamiento, la obligación principal debe estimarse, de acuerdo con los artículos 2960, fracción I, y 2962 del Código Civil del Distrito, que es la de pagar la renta estipulada por mensualidades adelantadas, lo que significa que el importe de una renta, constituye dicha obligación principal.
Precedentes
Amparo civil directo 2036/30. Aranda viuda de Barquín Virginia. 7 de octubre de 1932. Mayoría de Cuatro Votos. Disidente: Ricardo Couto. La publicación no menciona el nombre del ponente.