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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 362552
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXVI; Pág. 1270
DEPOSITARIO JUDICIAL.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXVI; Pág. 1270
El cambio de depositario judicial no afecta más que a la persona del depositario removido y, en modo alguno, perjudica los intereses del que consiguió el secuestro, porque éste sigue subsistente.
Precedentes
Amparo civil en revisión 3784/25. Valenzuela José María. 22 de octubre de 1932. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Ricardo Couto no intervino en la discusión y resolución de este asunto por las razones que constan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.