Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/362553
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 362553
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXVI; Pág. 1275
LANZAMIENTO.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXVI; Pág. 1275
Cuando se pretende ejecutarlo contra personas extrañas al juicio de desocupación, debe admitirse la demanda de amparo relativa, de acuerdo con lo dispuesto por la Fracción IX del artículo 107 constitucional, sin prejuzgar sobre otros motivos de improcedencia que hubiere.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del auto que desechó la demanda 10629/32. Sánchez Arturo, y coagraviados. 22 de octubre de 1932. Mayoría de tres votos. Disidentes: Manuel Padilla y Ricardo Couto. La publicación no menciona el nombre del ponente.