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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 362555
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXVI; Pág. 1291
COSA VENDIDA, CALIDAD DE LA.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXVI; Pág. 1291
Cuando la compraventa se efectúa sobre muestras o calidades de mercancías determinadas y conocidas en el comercio, se tendrá por perfeccionada por el sólo consentimiento de las partes, según lo establece el artículo 373 del Código de Comercio; pero si se trata de una mercadería que tenga un proceso natural de desarrollo, como por ejemplo los cereales, para apreciar la calidad de la cosa vendida, se atenderá a este mismo proceso, pues el hecho de que un cereal se encuentre en "greña", no quiere decir que no se trate de la muestra y de la calidad que fueron consideradas, de acuerdo con la calidad que ese cereal tenga en el último momento del proceso natural de su desarrollo.
Precedentes
Amparo civil directo 117/32. Calleja Francisco. 25 de octubre de 1932. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.