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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 362556
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXVI; Pág. 1297
PRUEBA PRESUNTIVA.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXVI; Pág. 1297
Esta prueba, como todas, está sujeta a normas jurídicas precisas, a las cuales debe limitarse siempre el arbitrio judicial; pues para no violar el artículo 14 constitucional, es necesario no quebrantar tampoco las normas jurídicas elementales de las pruebas.
Precedentes
Amparo civil directo 2844/31. Agente del Ministerio Público Federal. 25 de octubre de 1932. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.