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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 362560
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXVI; Pág. 1326
ACCION REIVINDICATORIA.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXVI; Pág. 1326
La Suprema Corte, haciendo un estudio de las opiniones de los tratadistas, modifica la formula clásica para la procedencia de la acción reivindicatoria, y establece que en ésta, no se triunfa presentando la prueba, en contra del poseedor, de un derecho mejor y mas probable, sino oponiéndole presunciones, probabilidades mejores que las que se deducen del hecho de la posesión.
Precedentes
Amparo civil directo 932/21. Van de Watter Carlos F. y coagraviados. 26 de octubre de 1932. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Ricardo Couto. La publicación no menciona el nombre del ponente.