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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 362588
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXVI; Pág. 1528
CONTRATOS, ERROR MATERIAL EN LOS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXVI; Pág. 1528
Si en un contrato cometen las partes un error material numérico, esto sólo debe dar lugar a su reparación, la cual debe consistir en rectificar el error. Si se ha pactado el pago de determinada cantidad de dinero en abonos periódicos y, a la vez, que ese mismo pago deberá efectuarse en un plazo determinado, si los abonos no coinciden con el plazo, porque, aun pagados todos en los periodos estipulados, no alcanzan a cubrir la cantidad total del precio, este error numérico debe resolverse ampliando el término, pues es natural que, en este caso, el perjuicio seria para el comprador, si se resolviera de otra manera.
Precedentes
Amparo civil directo 1025/32. Lubian Ricardo. 8 de noviembre de 1932. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.