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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 362603
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXVI; Pág. 1629
LANZAMIENTO, PROCEDENCIA DEL AMPARO CONTRA EL.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXVI; Pág. 1629
Aun cuando la Suprema Corte ha establecido la jurisprudencia de que el lanzamiento no priva de defensa al quejoso, porque el acto no es de ejecución irreparable, por tener remedio en la sentencia definitiva que se dicte en el juicio de desocupación, esto no obstante, si el quejoso manifiesta que ningún juicio de desocupación se ha seguido en su contra, el acto reclamado puede implicar una ejecución irreparable, en los términos de la fracción IX del artículo 107 constitucional y, por ese motivo, la demanda no es notoriamente improcedente, debiéndose, en consecuencia, dar entrada a la misma.
Precedentes
Amparo civil en revisión 11732/32. Rocha Soler Rodolfo. 12 de noviembre de 1932. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.