Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/362629
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 362629
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXVI; Pág. 1823
AGRAVIOS EN LA REVISION.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXVI; Pág. 1823
Para que sean procedentes, deben señalarse, con precisión, en los mismos, los preceptos de la ley que se estimen violados e inexactamente aplicados en la sentencia recurrida.
Precedentes
Amparo civil en revisión 4469/26. Compañía Bancaria y de Tranvías Wah Yick, S. A. 19 de noviembre de 1932. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.