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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 362652
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXVI; Pág. 2020
ALBACEAS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXVI; Pág. 2020
El albacea tiene la representación de los herederos, por lo que toca a los bienes que aún queden en la masa de la herencia pues por lo que hace a los adjudicados, corresponde a los adjudicatarios y la representación de la sucesión en los juicios que hubieran de promoverse en su nombre o que se promovieron contra ella, corresponde al albacea general. Ahora bien, si un albacea con tal carácter, promueve algún juicio, necesario es, para que pueda reconocérsele personalidad, que acompañe a su demanda los documentos que justifiquen que, en la fecha de la demanda, desempeña dicho cargo, ya que el carácter de albacea de una sucesión, es ilimitado o temporal, por su propia naturaleza.
Precedentes
Recurso de súplica 165/26. Straffon Tomás. 2 de diciembre de 1932. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Manuel Padilla. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Véase: Semanario Judicial de la Federación, Quinta Epoca, Tomo XXVIII, página 7, tesis de rubro "ALBACEAS.".