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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 362658
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXXVI; Pág. 2056
COMPETENCIA EN MATERIA FEDERAL.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXXVI; Pág. 2056
Para que la Corte pueda avocarse al conocimiento de un asunto de competencia en materia federal, es necesario que el Tribunal de Circuito respectivo, haya dictado su resolución en la controversia, y si no es así, los autos deben devolverse al Juez de Distrito correspondiente, para que la competencia se sustancie en los términos de la ley.
Precedentes
Competencia 131/32. Suscitada entre el Juez Quinto de Distrito del Distrito Federal, y cualesquiera de los Jueces de lo Civil de la Ciudad de México, Distrito Federal. 5 de diciembre de 1932. Unanimidad de doce votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.