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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 362663
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXVI; Pág. 2096
COSTAS EN LA SUPLICA.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXVI; Pág. 2096
Si en la sentencia que se dicte en el recurso de súplica, es conforme de toda conformidad, con la de segunda instancia, y el suplicante no obtuvo sentencia a su favor en primera instancia, debe hacerse condenación en costas.
Precedentes
Recurso de súplica 55/30. Barquín y Blanco Andrés. 7 de diciembre de 1932. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.