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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 362728
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXV; Pág. 607
COMISIONISTA, OBLIGACIONES DEL.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXV; Pág. 607
La obligación por parte del comisionista, de rendir cuentas al comitente, nace desde la fecha en que se consuma la venta de las mercancías; porque la causa de las obligaciones del mismo, radica en cada una de las ventas que, parcial o totalmente, lleve a cabo por cuenta del comitente, conforme a una recta interpretación del artículo 298 del Código de Comercio, que no puede entenderse en el sentido de dejar a la voluntad del comisionista, el rendir las cuentas en la oportunidad que le pareciere conveniente, manejando, entretanto, en su provecho, los dineros del comitente, con perjuicio de éste.
Precedentes
Recurso de súplica 8/28. Rodríguez Román J. 25 de mayo de 1932. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.