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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 362749
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXV; Pág. 777
BIENES DE LA SOCIEDAD CONYUGAL.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXV; Pág. 777
La apreciación del juzgador, sobre que es improcedente aplicar las leyes mexicanas, a los bienes de la sociedad conyugal, situados en el extranjero y que no pueden incluirse éstos en la liquidación de la sociedad legal, no implica violación alguna del procedimiento, toda vez que no menoscaba los derechos patrimoniales de los interesados que pueden ejercerlos y definirlos conforme a la ley de la ubicación de los bienes, de acuerdo con los principios del derecho internacional privado.
Precedentes
Amparo civil directo 4572/30. Herr Noah C. 2 de junio de 1932. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.