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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 362765
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXV; Pág. 971
DIAS INHABILES
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXV; Pág. 971
Aun cuando el 20 de noviembre no puede reputarse como día feriado, debe computarse así por equidad; pues públicamente se reconoce por las autoridades, que ese día es de fiestas, como aniversario de la Revolución; y de hecho, en ninguna oficina pública se trabaja.
Precedentes
Amparo civil en revisión 4695/31. Solís viuda de Cristiani Elena. 14 de junio de 1932. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.