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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 362769
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXV; Pág. 1006
LIBROS DE LOS COMERCIANTES.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXV; Pág. 1006
La exhibición en un juicio, de la contabilidad mercantil, constituye una prueba documental que no debe ser confundida con la pericial; por tanto, si una de las partes ha propuesto como prueba, la documental, consistente en su contabilidad, y luego desiste de esa prueba, esto no es obstáculo para que luego los peritos, en la prueba pericial, dictaminen sobre la contabilidad, en cuyo caso se trata lisa y llanamente de una prueba pericial, pues salvo los casos en que la ley fije las bases a los peritos, para formar su juicio, puede fundar sus dictámenes recogiendo los datos que a su juicio estimen pertinentes.
Precedentes
Recurso de súplica 107/30. M. Cantú Treviño Hermanos, sucesores. 14 de junio de 1932. Mayoría de tres votos. Disidentes: Joaquín Ortega y Francisco Díaz Lombardo. La publicación no menciona el nombre del ponente.