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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 362790
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXV; Pág. 1154
EXCEPCIONES.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXV; Pág. 1154
Según el artículo 35 del Código de Procedimientos Civiles, la excepción procede aun cuando no se exprese su nombre, con tal de que se haga valer con precisión y claridad el hecho en que se hace consistir la defensa.
Precedentes
Amparo civil directo 2927/29. Coral de Velasco Rosa. 7 de julio de 1932. Mayoría de tres votos. Disidentes: Manuel Padilla y Ricardo Couto. La publicación no menciona el nombre del ponente.