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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
362798
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXV; Pág. 1236

ACCION, PROCEDENCIA DE LA.

[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXV; Pág. 1236

Precedentes

Amparo civil directo 3781/30. Espinosa Manuela y coagraviados. 12 de julio de 1932. Mayoría de tres votos. Disidentes: Joaquín Ortega y Ricardo Couto. La publicación no menciona el nombre del ponente. Quinta Epoca: Tomo XXVI, página 2346. Amparo civil directo 2223/28. Paredes José María y coags. 28 de agosto de 1929. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Francisco H. Ruíz. La publicación no menciona el nombre del ponente. Tomo XXVI, página 945. Amparo civil directo 295/28. Gómez Manuel y coagraviados. 15 de marzo de 1929. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Nota: En el Tomo XXVI, páginas 945 y 2346, esta tesis apareció bajo el rubro "ACCION.".
Registro digital (IUS): 362798