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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 362804
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXV; Pág. 1271
EXCEPCIONES, EXAMEN DE LAS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXV; Pág. 1271
Siendo improcedente la acción, es innecesario examinar las excepciones opuestas, y tal omisión, de existir sólo puede perjudicar al reo y no al actor, porque las defensas contra el actor, no representan derechos de éste.
Precedentes
Amparo civil directo 516/26. Arenzana Nicolás. 13 de julio de 1932. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.