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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 362817
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXV; Pág. 1411
NOVACION EN MICHOACAN.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXV; Pág. 1411
Conforme a la legislación de Michoacán, hay novación de contrato, cuando las partes en él interesadas, lo alteran sustancialmente, sujetándolo a distintas condiciones; sustituyendo una deuda nueva a la antigua, o haciendo cualquiera alteración que afecte a la esencia del contrato y que demuestre la intención de cambiar por otra la obligación primitiva.
Precedentes
Amparo civil directo 2128/27. Sánchez viuda de Gómez Luz. 19 de julio de 1932. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Ricardo Couto. La publicación no menciona el nombre del ponente.