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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 362833
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXV; Pág. 1523
FEDERACION COMO PARTE.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXV; Pág. 1523
La Federación es parte cuando en un litigio se encuentran afectados o comprometidos directamente los intereses generales de la nación; esto es, cuando el pleito versa sobre bienes o derechos que afectan directamente al patrimonio nacional, pero no en los casos en que no se ejercita otra acción, que la simplemente declarativa, por medio de la cual se define, en virtud de una resolución judicial, una situación jurídica que, de antemano, se encuentra establecida por virtud del párrafo tercero del artículo 27 constitucional.
Precedentes
Amparo civil directo 3592/30. Palomo Rincón Camilo. 22 de julio de 1932. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.