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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 362839
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXV; Pág. 1534
DENEGADA APELACION.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXV; Pág. 1534
La Corte, en diversas ejecutorias, ha sostenido que sí cabe la denegada apelación en los negocios mercantiles, aun cuando el código de la materia no lo reglamenta y que deben aplicarse entonces, como supletorias, las disposiciones de la ley común.
Precedentes
Amparo civil en revisión 380/32. Castañedo Elías. 22 de julio de 1932. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.