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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 362855
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXV; Pág. 1635
AGRAVIOS EN SEGUNDA INSTANCIA, EXPRESION DE.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXV; Pág. 1635
Si el tribunal de alzada no señala término para la presentación del memorial de agravios, ni tampoco lo establece la ley mercantil, el apelante puede presentar aquéllos en cualquier tiempo, durante la tramitación de la segunda instancia, y aun en la misma diligencia de informe en estrados.
Precedentes
Recurso de súplica 42/31. García Juan M. 26 de julio de 1932. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Ricardo Couto. La publicación no menciona el nombre del ponente.